La ‘garantía’ de una casa va de uno a 10 años según los defectos
Si se plantea demandar por vicios constructivos a los intervinientes en el proceso constructivo, deben tener en cuenta los plazos de garantía que marca la Ley de Ordenación de la Edificación, que son de uno, tres o 10 años, dependiendo de la naturaleza de los defectos.
1. Mi. inquilino lleva tres años en el piso y ahora se estropeó la caldera del agua y calefacción¿quien debe de pagar la avería?Nos parece que la caldera constituye un servicio esencial de la vivienda, dado que la dota de agua caliente y calefacción y, como tal, su reparación debe correr de cuenta del arrendador quien está obligado a dotar la vivienda de tales servicios esenciales.
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