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RGPD Sector Público Zaragoza – Protección de Datos en Administraciones Públicas

RGPD Sector Público Zaragoza – Protección de Datos en Administraciones Públicas

RGPD en el Sector Publico de Zaragoza: Proteccion de Datos en Administraciones

Las administraciones publicas de Aragon — Ayuntamiento de Zaragoza, Diputacion Provincial de Zaragoza, organismos de la Diputacion General de Aragon (DGA), institutos publicos, organismos autonomos y sociedades mercantiles publicas — son responsables del tratamiento de grandes volumenes de datos personales de ciudadanos. La aplicacion del RGPD en el sector publico tiene importantes particularidades que la diferencian del sector privado.

Particularidades del RGPD en administraciones publicas

  • Base juridica del tratamiento: generalmente el cumplimiento de una mision de interes publico (art. 6.1.e RGPD) o una obligacion legal
  • DPO obligatorio: todos los organismos publicos deben designar un Delegado de Proteccion de Datos
  • Transparencia reforzada: el derecho de acceso de los ciudadanos es especialmente sensible en la Administracion
  • Ceden de datos entre administraciones: permitidas solo con base juridica suficiente y documentacion adecuada
  • Conservacion de datos: determinada por la normativa de archivos y documentacion administrativa

Obligaciones especificas de las entidades locales aragonesas

Los ayuntamientos de Aragon, incluyendo los de municipios pequenos, estan sujetos al RGPD. El Padron Municipal, los registros de contratos, los datos de beneficiarios de servicios sociales, las notificaciones electronicas y los expedientes administrativos electronicos son todos tratamientos de datos personales que deben estar documentados y protegidos.

  • Registro de Actividades de Tratamiento publicado (algunos ayuntamientos deben publicarlo)
  • Canal de denuncias interno (obligatorio para entidades con mas de 50 empleados publicos)
  • Evaluaciones de Impacto para tratamientos de alto riesgo (videovigilancia, reconocimiento facial)
  • Contratos de encargo con proveedores tecnologicos del Ayuntamiento
  • Formacion periodica para los funcionarios que tratan datos personales

El reconocimiento facial y la biometria en espacios publicos

El uso de sistemas de reconocimiento facial por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en espacios publicos es uno de los temas mas debatidos del AI Act. En Espana, su uso en tiempo real esta prohibido como regla general bajo el AI Act (art. 5), salvo excepciones muy tasadas para la prevencion de amenazas terroristas o busqueda de personas desaparecidas. Los ayuntamientos y policias locales en Aragon deben conocer estos limites antes de implantar este tipo de sistemas.

Sanciones a administraciones publicas

Aunque el RGPD prevee multas de hasta 20 millones de euros, en Espana las sanciones a las administraciones publicas bajo la LOPDGDD son diferentes: se aplica una apercibimiento como primera medida, y si no hay correccion, se puede remitir el expediente al Ministerio de Hacienda para descuentos en las transferencias. En los casos mas graves, la AEPD puede hacer publicos los incumplimientos.


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